Resoluciones Directorales
Febrero 2020
Reconózcase como punto de cultura a la organización denominada ‘Repercuté, Entretenimiento Afrocultural’ por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “El Chorro”, ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 01-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, así como en los Informes N° 000017-2020-DSFL-MDR/MC, N° 000076-2020-DSFL/MC, y Nº 000027-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano P-10-MC-UENL-2015, WGS84; los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Imponer sanción administrativa de multa de 0.875 UIT contra la administrada Autrisa Automotriz Andina S.A.C.ocacionando la afectación leve del Ambiente Urbano Monumental de la Av. Tacna y Arica, Arequipa.
Imponer sanción administrativa de multa solidaria de 10 UIT a Simeón Basilio Solís y Yecenia Noimi Ortega Basilio, el monto de la multa impuesta quedará reducido y convertido en 05 UIT alteración en el Sitio Arqueológico Lomas de Pacta B en el distrito Punta Hermosa, Lima, Lima.
Deniéguese el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada ‘Asociación de Artistas Plásticos Prisma’, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Deniéguese el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada ‘Centro Cultural “Comunarte”: Comunidad, arte y cultura’, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declárese como seleccionados de la Convocatoria de ‘Ayudas a la movilidad para participar en el II Encuentro de la Red de Teatros del Perú’, a los siguientes artistas, gestores, directores y/o productores que estén a cargo de la gestión de un teatro, auditorio, sala que realice actividades de artes escénicas (teatro, circo, danza, música, entre otros), y que se encuentren fuera de Lima Metropolitana y Callao, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución:
Determinar la protección provisional de treinta y ocho (38) bienes muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Declarar firme y consentida la Resolución Directoral N° 198-2019-DGDP-VMPCIC/MC mediante la cual se impuso la sanción de multa de 0.5 UIT contra el Sr. Dario Bendezú Méndez.
Otórguese calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado ‘Show Estelar del Caballo Peruano de Paso’, desde la fecha de emisión de la presente Resolución hasta el 30 de junio de 2020, en la Alameda Mamacona Lote 1, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima (de 1 a 4p.m.); y, en Dpaso Hacienda (de 7 a 10 p.m.), sito en Belisario Suárez N° 198, distrito de Surco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.