Resoluciones Directorales
Mayo 2021
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, durante el año 2021, la facultad de resolver el procedimiento administrativo, en su ámbito territorial, de Autorización sectorial para la ejecución de intervenciones especializadas en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación del periodo posterior al prehispánico, que no requieren de una licencia municipal, comprendiendo la anastylosis, el desmontaje, la liberación, la restitución, la consolidación, el mantenimiento, la conservación y otras de naturaleza similar, relacionadas con los elementos arquitectónicos ornamentales, siempre que no comprendan modificaciones estructurales; cuando se trate de proyectos de intervención relacionados a monumentos históricos o sitios históricos de Batalla integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación, del denominado “Edificio Giacoletti”, el cual comprende los predios ubicados en la Av. Nicolás de Piérola Nº 882-890, Jr. De la Unión Nº 998, Calle Quilca Nº 108 y Av. Nicolás de Piérola Nº 864-870-876 y Jr. Quilca Nº 112-120-124, distrito, provincia y departamento de Lima, al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración de Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación, de la Plaza de la Base Aérea F.A.P. Las Palmas, ubicada en Av. Jorge Chávez S/N, del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
DECLARAR como BENEFICIARIOS de los
apoyos económicos que se otorgan en el marco del Decreto de Urgencia N° 027-
2021, en el ámbito de la cinematografía y el audiovisual, a los solicitantes
contenidos en el ANEXO 1 que forma parte integrante de la presente resolución.
RECTIFICAR el error material contenido en el
ANEXO 3, aprobado mediante el artículo tercero de la Resolución Directoral N°
000082-2021-DGIA/MC de fecha 05 de mayo de 2021, que contiene el listado de
beneficiarios, en el ámbito de las actividades de las artes escénicas, visuales y la
música, en el sentido que:
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACION COLECTIVO REBA - COLECTIVO REBA”, ubicada en la Calle Las
Campanillas 149 Dpto. 601 A, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento
de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“GRUPO FOLKLORICO “PASION Y SENTIMIENTO CULTURAL””, ubicada en Jirón
Tumbes 277, distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACIÓN QOSQO MAKI”, ubicada en la Calle Fierro 525, distrito, provincia y
departamento de Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACIÓN FOLKLORICA URIN QANCHIS”, ubicada en la Calle Pacioli Manzana
L, Lote 12, Urbanización Villa Victoria, distrito de Surquillo, provincia y departamento
de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Pampa las Carretas, ubicado en el distrito de Santa Cruz, provincia de Palpa, y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-019-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2021-DDC ICA-SGNP-AYA/MC de fecha 18 de febrero de 2021, así como en los Informes N° 000298-2021-DSFL/MC, N° 000108-2021-DSFL-LMS/MC, y Nº 000080-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-019-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.