Resoluciones Directorales
Agosto 2023
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Hoja de Mate, ubicado en el distrito y provincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PD-01. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0008-2023-SDDPCIC-HCO-MC de fecha 31 de julio de 2023, así como en los Informes N° 000854-2023-DSFL/MC, N° 000156-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000155-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PD-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura infantil y juvenil”, la obra denominada “COCÓ NO SABE QUIÉN ES”, presentada por postulante VILLALOBOS TAPIA RAUL GERARDO, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Cuento”, la obra denominada “METAFÌSICA PARA PRINCIPIANTES”, presentada por CAMUS MAS ELVIS ARNOLD, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “LOS HUESOS DE ELÍAS”, presentada por postulante GRUPO EDITORIAL HIJOS DE LA LLUVIA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “ARLEQUÍN AJUSTICIADO. VERSIÓN UNPLUGGED”, presentada por postulante GRUPO EDITORIAL HIJOS DE LA LLUVIA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “MAMA HAMPI”, presentada por postulante GRUPO EDITORIAL HIJOS DE LA LLUVIA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “TIEMPO DIVINO”, presentada por TORIBIO VERDE DIEGO FRANCISCO, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “RETABLO”, presentada por DIAZ UNTIVEROS JORGE ERNESTO, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura Infantil y Juvenil”, la obra denominada “EL IMAQUINARIO DE YUTE Y TOCUYO”, presentada por EDITORIAL PLANETA PERU S.A., conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
IMPONER al Sr. Rosario Lorenzo Portal Paredes, identificado con DNI N° 27926973, una sanción de multa ascendente a 1.2 UIT, por ser responsable de haber ejecutado una obra privada no autorizada por el Ministerio de Cultura, en el S.A Cerro Cañón, Sector A, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; obra consistente en: la excavación y remoción del terreno.
