Resoluciones Directorales
Mayo 2024
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración y delimitación como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación, en su condición de patrimonio cultural subacuático, a la embarcación correspondiente al buque naufragado que se encuentra en la cercanía de la isla Chincha Sur denominado: “Buque histórico Chincha Sur”, ubicado en la provincia de Pisco y departamento de Ica; de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto de incoación.
Determinar la protección provisional de sesenta y cinco (65) bienes muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución
APROBAR las bases del “Taller intensivo de dirección de actores”, que se desarrollará en modalidad presencial, del 13 al 15 de junio del 2024, que como anexo forman parte integrante de la presente resolución.
DEJAR SIN EFECTO lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución Directoral N° 004-2023-OGA-SG/MC, del 17 de enero de 2023, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de esta Resolución
APROBAR la baja física y contable por la causal de Estado de Excedencia de doce (12) bienes muebles patrimoniales de propiedad del Ministerio de Cultura, según las cantidades, la descripción y valores detallados en el siguiente cuadro, a fin de excluir de los registros patrimoniales y contables de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Cultura, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
SANCIONAR al señor OLIMPIO FLORES QUISPE con una multa de 0.75 Unidades Impositivas Tributarias, toda vez que, sin contar con la autorización del Ministerio de Cultura, ejecutó una construcción de material noble de dos (02) niveles, previos trabajos de remoción y excavación con maquinaria pesada, ocasionando una alteración a la Zona Arqueológica Garagay, ubicada en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.
SANCIONAR al Sr. José Luis Mercado Muñoz, identificado con DNI N° 47512156 y a la Sra. Julia Muñoz de la Cruz, identificada con DNI N° 80590639, de forma solidaria, con una sanción de multa ascendente a 0.25 UIT, por ser responsables de una obra privada, no autorizada por el Ministerio de Cultura, ejecutada en la Zona Arqueológica Monumental Pedreros, ubicada en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima.
SANCIONAR, de forma solidaria, a José Luis Idrogo Riojas, identificado con DNI N° 40701122 y José Humberto Idrogo Rodrigo, identificado con DNI N° 26719884, con una multa de 2.5 UIT, al haber ejecutado en el Ambiente Urbano Monumental y Zona Monumental de Cajamarca, sin autorización del Ministerio de Cultura, en el sector donde se ubica el inmueble de su propiedad, sito en el Jr. José Sabogal N° 315, distrito, provincia y departamento de Cajamarca.
Autorizar sectorialmente para la emisión de licencia de funcionamiento respecto al uso propuesto por el señor Andrés Martin Bermúdez Hercilla en el expediente Nº 2024-0049044, para el local que se sitúa en avenida Arnaldo Márquez N° 2295, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, respecto al uso comercial de: salón de belleza y servicios de masajes faciales, arreglo de manos y pies podología, corresponderá validar los usos a la Municipalidad distrital de Jesús María.
Autorizar sectorialmente para la emisión de licencia de funcionamiento respecto a los usos propuestos por el señor Fausto Auccapuma Quispe, con DNI N° 10486264; en el expediente N° 2024-0042573, que se sitúa en Jr. Junín N° 684, distrito, provincia y departamento de Lima, respecto al siguiente uso comercial: “Venta al por menor de artesanías G 47733”, “Venta al por menor de equipo fotográfico y óptico G 47731” “ Bordaduria C13132”; los cuales son conformes con las normas municipales vigentes para el Centro Histórico de Lima.
Esta autorización sectorial no comprende pronunciamiento institucional respecto a las obras realizadas o proyectadas para su ejecución en el precitado inmueble, lo cual se tramita conforme al procedimiento que normativamente corresponda.