Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Noviembre 2019
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sosa del Perú Constructores S.R.L. contra la Resolución Directoral N° 131-2019-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 30 de setiembre de 2019, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
En cumplimiento del requerimiento efectuado por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima en la Resolución N° 14, precisado por la Resolución N° 16 y conforme al artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, se declara la NULIDAD del numeral 5) del artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 1128/INC del 06 de noviembre de 2001, en el extremo referido al inmueble sito en Jirón Ayacucho N° 546-550-554 del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, según la modificación de su numeración dispuesta por Resolución Directoral Nacional N° 533/INC del 16 de marzo de 2010.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Marino Valverde Domínguez contra la Resolución Directoral N° 125-2019-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 18 de setiembre de 2019, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veinte (20) bienes culturales muebles repatriados de Guatemala (01 bien), México (05 bienes), EE.UU. (09 bienes), Argentina (01 bien) y EE.UU. (04 bienes) y que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sociedad Minera El Brocal S.A.A. contra la Resolución Directoral N° 351-2019/DGPA/VMPCIC/MC de fecha 21 de agosto de 2019, conforme a las consideraciones señaladas en la presente Resolución.
Octubre 2019
Autorizar la exportación de seis (06) muestras arqueológicas con fines científicos de carácter destructivo procedentes del Proyecto de Investigación Arqueológica denominado "Proyecto de Investigación en el sitio arqueológico La
Quipa"; solicitada por el señor Robert A. Benfer Jr., para que sean sometidas a análisis de fechado radiocarbónico y de isótopos estables, en el Laboratorio de la Universidad de Georgia, ubicado en los Estados Unidos de América; conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, por tratarse de una compleja práctica musical que conjuga la ejecución rítmica y melódica con el canto a dos voces, que se distingue de prácticas similares en el ámbito andino por la incorporación del triángulo metálico, y por ser testimonio de un proceso de construcción de una identidad musical a nivel provincial y regional.
RETIRAR la condición cultural de Monumento al inmueble ubicado en Jr. Constitución N° 714 - 720, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la Partida Electrónica N° 70092270 de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral Callao; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial.
Declarar IMPROCEDENTE por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la empresa Lizval Corporación S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 117-2019-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 9 de setiembre de 2019, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Autorizar la exportación de treinta y siete (37) muestras arqueológicas con fines científicos de carácter destructivo procedentes del "Proyecto de Investigación Arqueológica: Jancao, distrito de Amarilis, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco. Temporada 2017. Excavación" y del "Proyecto de Investigación Arqueológica: Kotosh, distrito de Huánuco, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco. Temporada 2018. Excavación", para ser sometidas a análisis de datacion por radiocarbono y de isótopos estables de Carbono, Nitrógeno y Estroncio, en el Laboratorio de datacion radiocarbónica de la Universidad de Tokio, ubicado en Japón; según se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.