Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Diciembre 2021
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los noventa y nueve bienes culturales muebles pertenecientes al Ejército del Perú, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los ciento diez bienes muebles pertenecientes al Templo San Agustín de Canín, ubicado en el distrito de Checras, provincia de Huaura, departamento de Lima, de propiedad del Obispado de la Diócesis de Huacho, conforme se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los ciento diez bienes muebles pertenecientes al Templo San Agustín de Canín, ubicado en el distrito de Checras, provincia de Huaura, departamento de Lima, de propiedad del Obispado de la Diócesis de Huacho, conforme se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veinte bienes muebles procedentes del sitio de Wilamaya Patjxa en el marco del “Proyecto Arcaico cuenca del Titicaca 2019. Adaptación de los primeros pobladores de zonas AltoAndinas”, los mismos que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veinte bienes muebles procedentes del sitio de Wilamaya Patjxa en el marco del “Proyecto Arcaico cuenca del Titicaca 2019. Adaptación de los primeros pobladores de zonas AltoAndinas”, los mismos que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa STRONG BULLS S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 000280-2021-DGDP/MC de fecha 4 de noviembre de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Baile tierra de Zaña, en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya práctica ha propiciado la preservación y transmisión de patrones musicales y coreográficos, formas de poesía popular, y la interpretación de instrumentos musicales tradicionales como el checo; atravesando procesos de desplazamiento geográfico y adoptando nuevas denominaciones tales como lundero, zaña, saña y golpe tierra a lo largo de un devenir histórico marcado por el esfuerzo de sus comunidades de portadores en asegurar su salvaguardia; todo lo cual lo ha convertido en un elemento clave de la identidad y memoria colectiva de los habitantes del distrito de Zaña, enclave afroperuano de la costa norte del Perú.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Baile tierra de Zaña, en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya práctica ha propiciado la preservación y transmisión de patrones musicales y coreográficos, formas de poesía popular, y la interpretación de instrumentos musicales tradicionales como el checo; atravesando procesos de desplazamiento geográfico y adoptando nuevas denominaciones tales como lundero, zaña, saña y golpe tierra a lo largo de un devenir histórico marcado por el esfuerzo de sus comunidades de portadores en asegurar su salvaguardia; todo lo cual lo ha convertido en un elemento clave de la identidad y memoria colectiva de los habitantes del distrito de Zaña, enclave afroperuano de la costa norte del Perú.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación los “Registros de estudios y prácticas de enfermería de la Escuela Nacional de Enfermeras del Seguro Social del Empleado, de 1954-1971 (promociones 1957-1971)”, los cuales se encuentran custodiados por el Archivo Histórico del Archivo Central del Seguro Social de Salud – EsSalud, conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación los “Registros de estudios y prácticas de enfermería de la Escuela Nacional de Enfermeras del Seguro Social del Empleado, de 1954-1971 (promociones 1957-1971)”, los cuales se encuentran custodiados por el Archivo Histórico del Archivo Central del Seguro Social de Salud – EsSalud, conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.