Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Octubre 2018
Autorizar la exportación de cuarenta y siete (47) muestras arqueológicas con fines científicos de carácter destructivo provenientes del procedentes del Proyecto de Investigación Arqueológica: "Cruz Verde", valle de Chicama, provincia de Ascope, departamento de la Libertad, Perú (Temporada 2017), las cuales serán sometidas a Análisis de Esclerocronología y de isótopos, a realizar en el Laboratorio Atmosphere and Ocean Research Institute, de la Universidad de Tokio, ubicado en 5-1-5, Kashiwa-no-ha, Kashiwashi, Chiba, Estado del Japón, según se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.
Modificar el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, en relación a la ubicación y clasificación del Sitio Arqueológico Yalape, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; quedando redactado de la siguiente manera: "Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yalape, ubicada en los distritos de Levanto y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas".
Modificar el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, en relación a la ubicación y clasificación del Sitio Arqueológico Yalape, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; quedando redactado de la siguiente manera: "Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Yalape, ubicada en los distritos de Levanto y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas".
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Wilbert Ccencho Llantoy y en consecuencia, NULA la Resolución Directoral N° 068-2015-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 06 de agosto de 2015, NULA la Resolución Directoral N° 19-2014-DCS-DGDP/MC de fecha 02 de junio de 2014, conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Academia de la Magistratura, representada por la señora Tania Ivett Sedan Villacorta contra la Resolución Directoral N° 081-2018-DGDP-VMPCICMC de fecha 27 de agosto de 2018, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Augusto Armando Polo Campos, por su contribución a perfilar la identidad musical peruana a lo largo del siglo XX, abordando el romanticismo, la identidad nacional y la evocación de la ciudad de Lima como ejes temáticos principales, entrelazándose con pasajes significativos de la historia contemporánea del pueblo peruano, y enriqueciendo los géneros propios de la música tradicional costeña y criolla.
DECLARAR como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la Iglesia de San Lorenzo, antigua capilla del mismo nombre, ubicada en el Jr. Libertad N° 398, esquina con Jr. Pataz, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, en base a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; abarcando la propuesta de declaratoria el ámbito detallado en la poligonal correspondiente a la Lámina N° DBI-01 que forma parte de la presente Resolución.
Declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Pintura tradicional de Sarhua conocida como Tablas de Sarhua, del distrito de Sarhua, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho; por constituir una herencia transmitida desde tiempos prehispánicos, siendo considerada una vía de comunicación, así como el medio para generar directrices que organicen la vida social del pueblo; por promover la manifestación de la creatividad andina y la conservación de la memoria familiar y colectiva, reproduciendo un modo particular de representación de los mundos interiores y exteriores de Sarhua, aquellos que incorporan visiones sobre ellos mismos, pero también sobre los otros; por representar un elemento cultural genuino del pueblo que sustenta la especificidad de la cultura e historia sarhuinas, ámbitos que en función de la antigüedad y vigencia de ciertos elementos, estilos y técnicas, fortalecen la identidad y el sentido de pertenencia a la comunidad.
Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral N° 381-2018/DGPA/VMPCIC/MC del 28 de agosto de 2018, emitida por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Arequipa contra el Oficio N° 300-2012-DRC-ARE/MC y en consecuencia NULO el Oficio N° 300-2012-DRC-ARE/MC del 21 de marzo de 2012, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.