Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Mayo 2021
Autorizar la exportación de setenta y siete muestras arqueológicas con el fin de realizar análisis científicos de carácter destructivo, recuperadas en el marco del “Proyecto de Investigación Arqueológica Quebrada de Carnacha - San Andrés de Tupicocha y San Bartolomé - Huarochirí” para que sean sometidas a análisis destructivos de datación por radiocarbono que serán realizados en el Laboratorio de Espectrometría de Masas con Acelerador (Accelerator Mass Spectrometry Laboratory) y de isótopos estables en el Laboratorio de Bioarqueología e Isótopos Estables (Bioarchaeology and Stable Isotope Research Lab), ambos ubicados en los Estados Unidos de América; según se describe en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Autorizar la exportación de setenta y siete muestras arqueológicas con el fin de realizar análisis científicos de carácter destructivo, recuperadas en el marco del “Proyecto de Investigación Arqueológica Quebrada de Carnacha - San Andrés de Tupicocha y San Bartolomé - Huarochirí” para que sean sometidas a análisis destructivos de datación por radiocarbono que serán realizados en el Laboratorio de Espectrometría de Masas con Acelerador (Accelerator Mass Spectrometry Laboratory) y de isótopos estables en el Laboratorio de Bioarqueología e Isótopos Estables (Bioarchaeology and Stable Isotope Research Lab), ambos ubicados en los Estados Unidos de América; según se describe en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veintiún bienes muebles pertenecientes a la empresa Granja Azul S.A., que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veintiún bienes muebles pertenecientes a la empresa Granja Azul S.A., que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación presentado por ELECTRONOROESTE - ENOSA S.A., en consecuencia, declarar NULO el contenido del Oficio N° 000074-2021-DDC TUM/MC y retrotraer el procedimiento administrativo a la etapa en el que el vicio se produjo, es decir, al momento de la calificación de la solicitud de expedición del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA para el proyecto “Creación de Línea 60 Kv Zorritos - Tumbes y SET Asociadas distrito de Zorritos - provincia de Contralmirante Villar - Departamento de Tumbes”, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Gonzalo Antonio José María de Vinatea Salas y el recurso de apelación formulado por la empresa Fórum S.R.L., contra la Resolución Directoral N° 000080-2021-DGDP/MC de fecha 19 de marzo de 2021, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar PROCEDENTE la abstención formulada por el señor Willman John Ardiles Alcázar, Director General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural respecto del procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° D000037-2019-DCS/MC de fecha 01 de agosto de 2019.
Declarar improcedente por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la señora Albina Pacheco Álvarez contra la Resolución Directoral N° 000303-2021-DDC CUS/MC de fecha 16 de marzo de 2021, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar PROCEDENTE la abstención formulada por el señor Willman John Ardiles Alcázar, en su calidad de Director General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, respecto del trámite del procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante Resolución Directoral Nº D000036-2019-DCS/MC de fecha 01 de agosto de 2019.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Huaridanza del distrito de Huari, provincia de Huari, departamento de Áncash, por constituir una expresión mantenida y transmitida de generación en generación por las familias que componen cada barrio, centro poblado y caserío del distrito; por representar la veneración que el poblador huarino tiene hacia la Cruz emplazada dentro de su territorio, la cual se ha mantenido y potenciado tras el sismo de 1970 y el fuerte proceso migratorio que trajo como secuela; y por constituir actualmente una carta de presentación del distrito en virtud de su carácter original, su particular estética visual y sonora, y la devoción con que es mantenida por la comunidad de portadores, siendo enseñada en los últimos tiempos en algunos centros educativos.