Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Octubre 2023

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RVM N° 251-2023-VMPCIC/MC - INFORME 1

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Huallanca del distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, región Áncash, en cuanto versión original de un género de danza que se constituye como producto de una historia particular, con rasgos claramente distinguibles, en la referencia a las actividades ganadera y minera que han dominado su historia, en la representación de la cuadrilla de danza compuesta por los negritos, el patrón, propietario de haciendas y de minas, su esposa y sus asistentes, más el personaje del oso, originario de la fauna de la región, y en la expresión musical y coreográfica en la que confluyen las influencias de las regiones Huánuco y Áncash, erigiéndose como una expresión única y distinguible, siendo a la vez expresión de la memoria histórica del distrito y una de las más importantes
expresiones de su identidad

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RVM N° 251-2023-VMPCIC/MC - INFORME

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Huallanca del distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, región Áncash, en cuanto versión original de un género de danza que se constituye como producto de una historia particular, con rasgos claramente distinguibles, en la referencia a las actividades ganadera y minera que han dominado su historia, en la representación de la cuadrilla de danza compuesta por los negritos, el patrón, propietario de haciendas y de minas, su esposa y sus asistentes, más el personaje del oso, originario de la fauna de la región, y en la expresión musical y coreográfica en la que confluyen las influencias de las regiones Huánuco y Áncash, erigiéndose como una expresión única y distinguible, siendo a la vez expresión de la memoria histórica del distrito y una de las más importantes
expresiones de su identidad

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RVM N° 251-2023-VMPCIC/MC

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Negritos de Huallanca del distrito de Huallanca, provincia de Bolognesi, región Áncash, en cuanto versión original de un género de danza que se constituye como producto de una historia particular, con rasgos claramente distinguibles, en la referencia a las actividades ganadera y minera que han dominado su historia, en la representación de la cuadrilla de danza compuesta por los negritos, el patrón, propietario de haciendas y de minas, su esposa y sus asistentes, más el personaje del oso, originario de la fauna de la región, y en la expresión musical y coreográfica en la que confluyen las influencias de las regiones Huánuco y Áncash, erigiéndose como una expresión única y distinguible, siendo a la vez expresión de la memoria histórica del distrito y una de las más importantes
expresiones de su identidad

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RVM N° 250-2023-VMPCIC/MC

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en la categoría de Obra de Gran Maestro, a la obra musical del intérprete y compositor Juan Pablo Bolívar Crespo, de nombre artístico El Zorzal Jaujino, como cantor del paisaje jaujino y en particular de costumbres como la danza de la tunantada, así como de los anhelos sociales y los vínculos afectivos de sus paisanos, en una serie de temas que se han contribuido a definir la identidad de la provincia de Jauja, y cuya trascendencia, por otro lado, queda patentizada en las numerosas versiones de sus composiciones hechas por los importantes intérpretes de del universo musical peruano, combinación de orgullo regional y de trascendencia nacional que marcan a esta importante producción musical.

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RVM N° 249-2023-VMPCIC-MC ANEXO

Modificar el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 000236-2023-VMPCIC/MC, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3.- Autorizar al señor Yoshio Onuki, ciudadano de nacionalidad japonesa, identificado con Pasaporte N° TT3233043, para que efectúe el traslado físico de las nueve muestras arqueológicas a los laboratorios que se indica; siendo dicha autorización personal e intransferible

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RVM N° 249-2023-VMPCIC-MC

Modificar el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 000236-2023-VMPCIC/MC, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3.- Autorizar al señor Yoshio Onuki, ciudadano de nacionalidad japonesa, identificado con Pasaporte N° TT3233043, para que efectúe el traslado físico de las nueve muestras arqueológicas a los laboratorios que se indica; siendo dicha autorización personal e intransferible

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RVM N° 248-2023-VMPCIC-MC ANEXO

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los cincuenta y cuatro volúmenes facticios del Diario Oficial El Peruano, periodo 1868 (II semestre) a 1900, pertenecientes a la Empresa Editora Perú conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

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RVM N° 248-2023-VMPCIC-MC

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los cincuenta y cuatro volúmenes facticios del Diario Oficial El Peruano, periodo 1868 (II semestre) a 1900, pertenecientes a la Empresa Editora Perú conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

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RVM N° 247-2023-VMPCIC-MC ANEXO

Autorizar la exportación de quince muestras arqueológicas con el fin de realizar los análisis científicos de carácter destructivo siguientes:
• Análisis destructivos de ADN en el Laboratorio de ADN Antiguo del Pinhasi Lab. del Departamento de Antropología Evolutiva de la Universidad de Viena,Austria
• Análisis toxicológicos en el Laboratorio Toxicológico del Departamento de Medicina Forense, Collegium Medicum de la Universidad Nicolaus Copernicus, Polonia.
• Análisis de datación por radiocarbono en el Laboratorio de Radiocarbono de la Universidad Tecnológica de Silesia, Instituto de Física, Polonia.
• Análisis de isótopos en la Academia de Minería y Metalurgia de Cracovia, Facultad de Geología, Geofísica y Protección del Medio Ambiente, Polonia.
El detalle de las muestras está contenido en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

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RVM N° 247-2023-VMPCIC-MC

Autorizar la exportación de quince muestras arqueológicas con el fin de realizar los análisis científicos de carácter destructivo siguientes:
• Análisis destructivos de ADN en el Laboratorio de ADN Antiguo del Pinhasi Lab. del Departamento de Antropología Evolutiva de la Universidad de Viena,Austria
• Análisis toxicológicos en el Laboratorio Toxicológico del Departamento de Medicina Forense, Collegium Medicum de la Universidad Nicolaus Copernicus, Polonia.
• Análisis de datación por radiocarbono en el Laboratorio de Radiocarbono de la Universidad Tecnológica de Silesia, Instituto de Física, Polonia.
• Análisis de isótopos en la Academia de Minería y Metalurgia de Cracovia, Facultad de Geología, Geofísica y Protección del Medio Ambiente, Polonia.
El detalle de las muestras está contenido en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

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