Resoluciones Directorales

Marzo 2020

06
RD. N° 000135-2020-DGIA/MC

Reconózcase como punto de cultura a la organización denominada ‘Pazos Arte Para la Educación’, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

06
RD. N° 000134-2020-DGIA/MC

Otórguese calificación como espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado ‘La Jungla’, que se realizará del 2 de abril al 21 de junio del 2020 en el Teatro La Plaza, sito en Malecón de la Reserva N° 610, Local 211, Centro Comercial Larcomar, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

06
RD. N° 000133-2020-DGIA/MC

Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo, a los espectáculos que se detallan a continuación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución:

06
RD. N° 000132-2020-DGIA/MC

Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la asociación denominada ‘Federación Provincial de Instituciones Pomabambinas’, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

06
RD N° 000007-2020-DGPC/MC

Aceptar el desistimiento al procedimiento iniciado con el Expediente N° 0022644-2019, Municipalidad Distrital de Jesús María, representado por su Alcalde, el señor Jorge Luis Quintana García Godos, en relación al trámite de opinión favorable para proyecto de inversión pública denominado: “Rehabilitación y Acondicionamiento del Campo de Marte, como parte del eje ambiental del Distrito de Jesús María, Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

05
RESOLUCION DIRECTORAL N°000037-2020-OGA/MC_accesible

RECONFORMAR la Comisión de Inventario para la ejecución del Inventario Físico General Valorizado de Bienes Muebles y de Existencias de Almacén en la Sede Central, Dependencias y Direcciones Desconcentradas de Cultura de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Cultura al 31 de diciembre de 2019, la misma que estará integrada por los siguientes representantes:
Presidente : Demetrio Martín Egúsquiza Chacón
Representante de la Oficina General de Administración
Integrante : Natally Hilda Portocarrero Contreras
Representante de la Oficina de Contabilidad
Integrante : Katiya Paredes Gonzáles
Representante de la Oficina de Abastecimiento
Integrante : Kevin Yasir Vivanco Marca
Representante de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

05
RD. N° 000131-2020-DGIA/MC

Reconózcase como punto de cultura a la organización denominada ‘Asociación Cultural Kuyaykim Perú’, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

05
RD. N° 000130-2020-DGIA/MC

Otórguese calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado ‘Frondoso’, que se realizará los días sábados y domingos, del 14 de marzo al 13 de setiembre del 2020, en la Sala de Coro del Gran Teatro Nacional, sito en avenida Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

05
RD. N° 000129-2020-DGIA/MC

Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado ‘Las aventuras musicales de Sisi y Lala’, que se desarrollará los días 7 y 8 de marzo, 25 y 26 de abril, 16 y 17 de mayo, 27 y 28 de junio, 1 y 2 de agosto, 19 y 20 de setiembre, 10 y 11 de octubre; y, 21 y 22 de noviembre de 2020, en el Gran Teatro Nacional, sito en avenida Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima.

05
RD N° 000006-2020-DGPC/MC

INICIAR de oficio el procedimiento de declaración como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación, del Templo de San Martín de Tours de Bambamarca, ubicado en el Centro Poblado de Bambamarca, distrito de Bambamarca, provincia de Bolívar, departamento de La Libertad, al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación

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