Resoluciones Directorales
Septiembre 2020
Consígnese la siguiente relación de postulaciones APTAS para el "Concurso Nacional de Proyectos para el Apoyo a la Producción Editorial Peruana"-2020
Consígnese la siguiente relación de postulaciones APTAS para el "Concurso Nacional de Proyectos para el Apoyo a la Producción Editorial Peruana"-2020
Consígnese la siguiente relación de postulaciones APTAS para el "Concurso Nacional de Proyectos para el Apoyo a la Producción Editorial Peruana"-2020
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Corporación Artística Pasión y Taento”, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Citas rápidas”, a realizarse del
sábado 12 de septiembre al domingo 4 de octubre del 2020, a través de la plataforma
virtual Zoom, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la
asociación denominada “Asociación Cultural del Caballo Peruano de Paso” con sede
en Calle Coronel Inclán N° 131, Oficina 9, distrito de Miraflores, provincia y
departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la
asociación denominada “Pro Arte Asociación Cultural”, con sede en Calle Molle Mza.
2 Lte. 2, 3ra Etapa, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Centro de Arte Xpresión Total”, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Desígnese como miembros del Jurado del “Concurso Nacional de
Proyectos para el Apoyo a la Producción Editorial Peruana”, a las siguientes personas:
Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la
asociación denominada “Cámara Peruana del Libro”, con sede en Av. Cuba N° 427,
distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima por las razones expuestas
en la parte considerativa de la presente Resolución.