Resoluciones Directorales
Agosto 2024
DECLARAR como beneficiarias del ‘Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias – 2024’, en base a lo establecido en el Acta de Evaluación del mismo concurso, a las siguientes Personas Jurídicas:
Aprobar la vigésima octava modificación del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2024, a efectos de incluir un (01) procedimiento de selección, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Disponer que la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal conforme a sus atribuciones realice la evaluación técnica que permita establecer si procede o no dar inicio al procedimiento administrativo para la declaratoria del bien inmueble prehispánico Oquendo 3 como integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Alto Perú, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-040-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 000001-2024-DDC-LAMBAYEQUE-MC de fecha 21 de diciembre de 2023, así como en los Informes N° 000872-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000133-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000142-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-040-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por la señora Vilma Magdalena Medina Javier, contra la Resolución Directoral N° 000170-2024-DPHI-DGPC-VMPCIC/MC, de fecha 25 de julio de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de “Panadería y pastelería”, en el establecimiento ubicado en Jr. Domeyer N° 219, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para la emisión de licencia de funcionamiento respecto a las actividades propuestas por la empresa ESTRATEGIC BUSSINES INTERNATIONAL E.I.R.L., en el expediente Nº 2024-0022006, para el establecimiento que se sitúa en Jr. Cusco N° 693, del distrito, provincia y departamento de Lima, al estar declarado en estado de inhabitable total el inmueble signado como Jr. Cusco N° 677, 679, 681, 683, 689, 693 esquina con Jr. Andahuaylas N° 852, 860, 870, 876, 880, 884, 890, 892, 894, 896, 898, del distrito, provincia y departamento de Lima, mediante Resolución de Subgerencia N° 35-2013-MML-GDU-SRU, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 02 de mayo de 2013; ello en cumplimiento de lo indicado en el numeral 22.6 del artículo 22 de la Ley N° 31770, la cual modificó la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
Determinar la protección provisional de tres (03) bienes muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “RÍO EN CONCIERTO”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “EL SIERVO” a desarrollarse los días 23, 24, 25, 26, 30, 31 de agosto, 1 y 2 de setiembre de 2024, en el Teatro Centro Cultural Universidad Pacífico, sito en jirón Luis Sánchez Cerro N° 2121, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
