Resoluciones Directorales
Agosto 2025
Aprobar las Bases del laboratorio de danza “Crudo Lab”, el cual se desarrollará mediante modalidad presencial, entre los días 19, 20 y 21 de agosto de 2025, en la ciudad de Puno, las mismas que se encuentran adjuntas a la presente resolución y que forman parte de la misma.
DESIGNAR como miembros del Jurado del “Concurso para la Circulación Internacional de las Artes” a las siguientes personas:
• Sharon Lerner Rizzo-Patrón – DNI 40343237
• Zoilo Rodríguez Ventura – DNI 43533643
• Macarena Penny Yrigoyen – DNI 72169177
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración presentado por PRODARTES S.A.C., contra la Resolución Directoral Nº 000464-2025-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 24 de junio de 2025, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado "CONCIERTO PAT METHENY”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente organización:
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente persona jurídica:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “LEGERE CLUB DE LECTURA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de la siguiente persona:
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “ASOCIACIÓN FOLKLORICA PRIEH - PERU”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
