Resoluciones Directorales
Febrero 2025
Determinar la protección provisional de dos (02) bienes muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Tuente, ubicado en el distrito de Colcamar, provincia de Luya, departamento de Amazonas, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código Nº P-T01-MC_AMAZONAS/2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 02–2025/DDC AMA-JJS/MC de fecha 28 de enero de 2025, así como en los Informes N° 000182-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000032-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC, y N° 000066-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código Nº P-T01-MC_AMAZONAS/2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Chapas, ubicado en el distrito de Quito Arma, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-026-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 00002-2023-SD-JCSM/MC de fecha 04 de diciembre de 2024, así como en los Informes N° 000186-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000031-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000067-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-026-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado “LOS REGALOS”, a desarrollarse los días 7, 8, 9 y 10 de marzo de 2025 en el Teatro del Centro Cultural de la Universidad del Pacifico, sito en Jirón Sánchez Cerro Nº 2121, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de ballet denominado “PUNTOS DE FUGA” a desarrollarse los días 6 y 7 de marzo de 2025, en la Sala Quilla, sito en avenida Francisco Bolognesi N° 397, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes –
RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Autorizar el traslado de los 3 bienes culturales de títulos: “El Cable”, con número de inscripción 0000084519; “Alegrías Infantiles”, con número de inscripción 0000084488; y “Casa Entre Árboles” con número de inscripción 0000084602,del Museo de Arte Italiano al taller de conservación y restauración,
ubicado en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, a partir de la emisión de la presente resolución y hasta por 90 días calendario, en tanto dure el proceso de intervención, el cual podrá ser prorrogado por un período igual, previa evaluación técnica
SANCIONAR a la empresa LAS GRINGAS PIZZERÍA S.A.C, identificada con RUC N° 20606383178 , con una sanción de multa de 0.25 Unidades Impositivas Tributarias, por ser responsable de la ejecución de una obra privada, sin autorización del Ministerio de Cultura, respecto a las intervenciones que ejecutó en el inmueble sito en la calle Mercaderes N° 101-105 del distrito, provincia y departamento de Arequipa.
SANCIONAR a la empresa LAS GRINGAS PIZZERÍA S.A.C, identificada con RUC N° 20606383178, con una sanción de multa de 0.25 Unidades Impositivas Tributarias, por ser responsable de la ejecución de una obra privada, sin autorización del Ministerio de Cultura, en el inmueble sito en la calle Mercaderes N° 101-105 del distrito, provincia y departamento de Arequipa.
