Resoluciones Directorales
Octubre 2020
DECLARAR como NO APTOS para el otorgamiento de los apoyos
económicos que se brindan en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2020, a las
siguientes diez (10) postulaciones:
DECLARAR como NO APTOS para el otorgamiento de los apoyos
económicos que se brindan en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2020, a las
siguientes diez (10) postulaciones:
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “ASOCIACION PERUANA PARA LA VANGUARDIA DE LA
EDUCACION Y LA CULTURA – WAYRA SOUND”, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “Asociación Cultural Ritmos del Perú Jaén”, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “BANDA DE MUSICOS INTERNACIONAL SONIDO
ESPECTACULAR AMAUTAS DE TACNA”, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “Asociación para el Desarrollo Humano y Social Vital” por
las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ELENCO FOLCLÓRICO ORÍGENES DE MI PERÚ”, ubicada en Jirón Simón Bolívar
N° 756, distrito y provincia de Chepén, departamento de La Libertad, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización
denominada “LA CASONA ROJA”, por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“Compañía del Arte Peruano Lo Nuestro” ubicada en Jirón O' Donovan N° 363,
Buenos Aires Norte, distrito de Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo,
departamento de La Libertad, por las razones expuestas en la parte considerativa de
la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“JULIAN BRAVO TALLER ARTESANAL” ubicada en la Calle Federico Villarreal N°
723, distrito de Tucume, provincia y departamento de Lambayeque, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.