Resoluciones Directorales
Marzo 2024
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada “CAPORALES ENCANTO PERÚ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada “GESTARELARTE”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado “VIII CONCURSO SELECTIVO DE MARINERA PLAZA NORTE 2024”, a desarrollarse el día 14 de abril de 2024, en el Centro Comercial Plaza Norte, sito en Avenida Alfredo Mendiola N° 1400, distrito de Independencia, provincia de Huaura y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada “BALLET NEGRO DE LIMA- VELO NEGRO VELO BLANCO”, ubicada en el pasaje FPJ Mariano Melgar Manzana A, Lote 8, del distrito Rímac, de la provincia y departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
IMPONER a la Sra. MARÍA MENDOZA TICLA DE BERNABEL, identificada con DNI N° 07888597, una sanción de multa ascendente a 0.25 UIT, por haberse acreditado su responsabilidad en la ejecución de una obra privada, no autorizada por el Ministerio de Cultura, en la Zona Arqueológica Monumental Pampa de Flores-Sector A, ubicada en el distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima.
Determinar la protección provisional del Complejo Arqueológico Monumental Complejo Pirámide de Laynas Sector 1 y 2, ubicado en el distrito de La Matanza, provincia de Morropón, departamento de Piura, de acuerdo a las coordenadas de los planos perimétricos con código PPROV-016-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84 y PPROV-017-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2024-DDC PIU-RVV/MC de fecha 27 de febrero de 2024, así como en los Informes N° 000232-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000027-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000037-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en los planos perimétricos con código PPROV-016-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84 y PPROV-017-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas: