Resoluciones Directorales
Septiembre 2017
Designar temporalmente las funciones como Director de Programa Sectorial lll de la Dirección de Gestión de Monumentos, a la señora Paloma Manrique Bravo, en adición a las funciones establecidas en el Contrato Administrativo de Servicios N° 0298-2017-MC, con eficacia anticipada al día 01 de setiembre hasta el día 31 de octubre del año en curso, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ACUMULAR los expedientes N° 030703-2017 y N° 032207-2017, referidos al procedimiento de autorización para la emisión de licencia de funcionamiento en bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, en el establecimiento ubicado en Av. Miguel Grau N° 135, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General".
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para actividades de bibliotecas, centros de información, museos, galerías de arte, jardines botánicos y otros servicios culturales-centro cultural, en el establecimiento ubicado en Jr. Sucre N° 317, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para ejercer actividades de comidas de paso, en el establecimiento ubicado en Av. Nicolás de Piérola N° 136, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACUMULAR los expedientes N° 01510-2017, N° 11885-2017, referidos al procedimiento solicitud de autorización para la emisión de licencia de funcionamiento de bienes culturales inmuebles históricos, del inmueble ubicado en Bajada de Baños N° 350, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125° del D.S. N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General".
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para venta de comidas de paso y juguerías (*regulado), en el establecimiento ubicado en la Av. Lima N° 246, Block 3, Tienda 10, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
AUTORIZAR la suplencia de funciones del cargo Director de Museo II del Museo de Arte Italiano, a la señora Aranzazu Marcela Hopkins Barriga, Directora del Museo de Sitio Huallamarca, en adición a sus labores establecidas en su Contrato Administrativo de Servicios N° 0248-2015-MC a partir del 25 de setiembre al 25 de octubre del 2017, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 256-2017-OGRH-SG/MC de fecha 31 de agosto de 2017, que resuelve designar temporalmente las funciones de la Dirección del Museo Nacional de Sicán del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque - Unidad Ejecutora N° 005, al señor WiIfredo Fermín Aguinaga Paz, a partir del 24 de setiembre del año en curso, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
ACUMULAR los expedientes N° 014775-2017, N° 03720-2017, referidos al procedimiento solicitud de autorización para la emisión de licencia de funcionamiento de bienes culturales inmuebles históricos del inmueble ubicado en la Av. Prolongación Tacna, cuadra N° 2, s/n, (Sub parcela 2-D) distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125° del D.S. 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General".
RECTIFICAR el error material de la Resolución Directoral N° 000144-2016/DPHI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 23 de noviembre de 2016, en el extremo que se refiere al artículo 1o de la parte resolutiva de la citada resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
Dice:"(...) para restaurante en el inmueble ubicado en la Av. Nicolás de Piérola N° 139, distrito de Barranco, (...)".
Debe decir: "(...) para restaurante en el inmueble ubicado en la Av. Nicolás de Piérola N° 139-B, distrito de Barranco, (...)".