Resoluciones Directorales
Enero 2024
Emitir la autorización sectorial del proyecto en vía pública de soterramiento redes aéreas AP, ubicado en Ca. Amazonas, Ca. Ancash, Ca. Huánuco, Ca. Maynas, Ca. Huamalíes, Jr. Cangallo, Ca. Jauja, Ca. Junín; distrito, provincia y departamento de Lima, en el ámbito de la delimitación de la zona monumental de Lima, presentado por el señor Néstor Guerrero Salazar, en calidad de Apoderado de la empresa ENEL DISTRIBUCION PERU SAA, con expedientes: N° 2023-0116913, N° 2023-0010945:Plano 278666-20304a-1, Plano 278666-20304a-1, Plano 278666-20304b-1, Plano 278666-20304d-1, Plano 278666- 20304e-1, Plano 278666-20304f-2, Plano 278666-20304g-1, Plano 278666-20304h-1, Plano 278666-20304i-1, Plano 278666-20304j-1, Plano 278666-20304k-1, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Emitir la autorización sectorial del proyecto en vía pública de soterramiento redes aéreas AP, ubicado en Ca. Amazonas, Ca. Ancash, Ca. Huánuco, Ca. Maynas, Ca. Huamalíes, Jr. Cangallo, Ca. Jauja, Ca. Junín; distrito, provincia y departamento de Lima, en el ámbito de la delimitación de la zona monumental de Lima, presentado por el señor Néstor Guerrero Salazar, en calidad de Apoderado de la empresa ENEL DISTRIBUCION PERU SAA, con expedientes: N° 2023-0116913, N° 2023-0010945:Plano 278666-20304a-1, Plano 278666-20304a-1, Plano 278666-20304b-1, Plano 278666-20304d-1, Plano 278666- 20304e-1, Plano 278666-20304f-2, Plano 278666-20304g-1, Plano 278666-20304h-1, Plano 278666-20304i-1, Plano 278666-20304j-1, Plano 278666-20304k-1, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Aprobar el Plan de Seguridad del Museo José Carlos Mariátegui,
que forma parte de la presente Resolución Directoral.
Determinar la protección provisional de cinco (05) bienes
muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, cuya
descripción se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución;
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada “LA RESISTENCIA DEL PINCEL”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro “DUENDE TIERNO”, a desarrollarse el 19 y 20 de enero de 2024 en el Teatro Julieta, sito en Pasaje Porta Nº 132, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Resolución Subdirectoral Nº 000014-2022-SDDPCICI-DDC LIB/MC de fecha 26 de setiembre de 2022, contra el señor Mario Oswaldo Rodríguez Reyes, identificado con DNI Nº 17970273.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional de la Zona Arqueológica Monumental Litardo Sectores 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, ubicado en el distrito de Chincha Baja, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-001-MC_DGPA-DSFL-2021 WGSS4. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001-2024-SDPCIC-DDC ICA/MC del 14 de diciembre de 2023, así como en los Informes N° 000044-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000015-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000016-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-001-MC_DGPA-DSFL-2021 WGSS4, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
AMPLIAR, de forma excepcional, por tres meses, el plazo para resolver el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000030-2023-DCS/MC de fecha 12 de abril de 2023, contra los Sres. ELMER RAFAEL ABAL MORY, ARMANDO DANIEL ZARATE ARGUEDAS, WALMER ELIO ABAL MORI y JAVIER SANTAMARIA SABINO.
APROBAR la propuesta de aviso y anuncio en el inmueble ubicado en Jr. Huancavelica Nº 229, 239, distrito, provincia y departamento de Lima, según las láminas D-01 y D-02 (fachada y detalles del aviso), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.